MINVU amplia accesos para personas con discapacidad

MINVU amplia accesos para personas con discapacidad

03 Enero 2013

Mediante un decreto supremo firmado por el Presidente Sebastián Piñera y el Ministro de la cartera, Rodrigo Pérez, se crea un nuevo reglamento que establece mejores accesos para que personas con discapacidad puedan desplazarse de forma autovalente en espacios públicos y viviendas sociales.

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Con una “ruta accesible” que permita un trayecto apto en edificios, espacios públicos y viviendas sociales, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo busca dar más facilidades de desplazamiento y auto valencia para miles de personas con necesidades especiales a lo largo del país.

Esta iniciativa surge gracias a un decreto supremo firmado por el Presidente Sebastián Piñera y el Ministro de Vivienda y Urbanismo, Rodrigo Pérez. Dicho decreto realiza una serie de modificaciones a la Ley 20.422, que presenta disposiciones sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad.

El Seremi de Vivienda y Urbanismo, Jorge Silva, señaló que estas nuevas disposiciones brindarán un cambio sustancial a personas con discapacidad. “Para crear mayores oportunidades y hacer una región más justa es importante que también consideremos y respetemos a aquellos que no tienen las mismas capacidades físicas que la gran mayoría de la comunidad. Estas mejoras son sustanciales para su calidad de vida y, como Gobierno, queremos otorgar una mayor calidad de vida a nuestros habitantes”.

Dentro de las reformas para los espacios públicos, se debe contemplar esta  “ruta accesible” en veredas que asegure a personas con discapacidad y adultos  mayores un desplazamiento sin obstáculos, gradas o barreras. Asimismo, debe tener pavimento estable, antideslizante y no puede ser interrumpida por ocupaciones y/o agentes temporales externos.

Sumado a lo anterior, se incluye el uso de pavimento podotáctil de guía y alerta que corresponde a una textura ranurada y de color vistoso, la cual permite una lectura táctil para facilitar el desplazamiento de personas con discapacidad visual.

Respecto a los edificios con atención de público, éstos deberán contar con accesos que conecten su entrada principal con los diversos departamentos  y unidades que dan atención al público, vías de evacuación, servicios higiénicos, estacionamientos y ascensores.

Muy importante también, son los desniveles que surgen en el trayecto desde la calle a la puerta de entrada del recinto que se visita, es por ello, que cada edificio que preste un servicio a la comunidad debe poseer rampas o planos inclinados para un traslado adecuado.

Por su parte, las viviendas sociales, otorgadas a familias que tengan entre sus integrantes a personas con discapacidad, deberán contar con pasos accesibles desde el espacio público hasta su puerta de ingreso. Para aquellas personas usuarias de silla de ruedas, la vivienda contemplará superficies libres que permitan giros en 360° en el estar, comedor, cocina, baño y al menos un dormitorio.

“Estas “rutas de acceso” que se incorporaran de ahora en adelante, incluyen readecuaciones técnicas en nuestras viviendas sociales, las cuales buscan otorgar mejores espacios y desplazamientos para las personas con algún tipo de discapacidad”, destacó el Seremi Jorge Silva.

Cabe mencionar, que estas nuevas disposiciones son de carácter obligatorio y se estipula que los ajustes en edificios que presten servicios a la comunidad deberán efectuarse en un plazo máximo de tres años.