Corte de Rancagua ordena a Compañía de Bomberos el reintegro de voluntarios expulsados

30 Septiembre 2020

Proceso judicial dio radical giro.

El Rancahuaso >
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La Corte de Apelaciones de Rancagua acogió el recurso de protección y ordenó el reintegro de voluntarios del Cuerpo de Bomberos de Pichidegua expulsados de la institución por publicaciones en redes sociales.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada dejó sin efecto las resoluciones dictadas el 13 de julio pasado, por el Consejo Superior de Disciplina del Cuerpo de Bomberos de la comuna, por faltas al debido proceso. 

"Resulta evidente que el actuar del órgano disciplinario del Cuerpo de Bomberos de Pichidegua no se ajustó a derecho, ya que la normativa que lo regula internamente, no se ha adecuado a las exigencias contempladas en el precepto legal aludido, resultando, en consecuencia, carente de eficacia tanto el procedimiento seguido en contra de los recurrentes, como las sanciones impuestas a los mismos, lo que constituye una clara vulneración de la garantía constitucional prevista en el artículo 19 N° 3 inciso quinto de la Constitución Política de la República, por lo que el presente recurso será acogido en los términos que se determinarán en la parte resolutiva de este fallo", detalla la resolución.

El fallo agregó que "(…) que a mayor abundamiento, cabe agregar que la exigencia legal de que el órgano de administración sea diverso del órgano disciplinario, se basa en que el ejercicio de la jurisdicción disciplinaria por parte de los grupos intermedios debe respetar las reglas básicas del debido proceso, dentro de las cuales surge como esencial la de contar con un tribunal imparcial, lo que sólo se logra en la medida que los órganos disciplinarios cuenten con la necesaria independencia de aquellos a cargo de la administración, lo que, como se dejó constancia en el motivo precedente, no se cumplió por los recurridos al aplicar las sanciones censuradas mediante esta acción constitucional, no obstante serles exigible en virtud de la disposición transitoria tercera de la Ley N° 20.500”.

Por lo anterior, los voluntarios Jonathan Leiva Cornejo, Simón Pinto Ortega, Juan Soto Tobar, Luis Flores Machuca, Rosita Pino Núñez, Manuel Pinto Ortega, Mitchel Abarca Cornejo, Guillermo Serrano Rojas, Erick Galaz Céspedes, Luis Fredes Jorquera, Felipe Pino Núñez y Marisol Venegas Gatica podrán retornar a la institución.

Imagen: Huawei / Agencia Uno