SII y rebaja de impuestos: Hasta $40.200 por hijo se puede obtener al año

SII y rebaja de impuestos: Hasta $40.200 por hijo se puede obtener al año

06 Abril 2013

Los padres, de común acuerdo, podrán optar por designar a uno de ellos como el beneficiario del 100% de la rebaja de impuesto y obtener hasta $40.200 por hijo.

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Se trata de un beneficio para los padres, que podrán acceder a una rebaja de impuestos respecto de los gastos relacionados con la educación de sus hijos.

El beneficio para 2013 consiste en la suma de $40.200 anuales por hijo, que se puede rebajar del Impuesto Único de Segunda Categoría (IUSC) y el Impuesto Global Complementario (IGC) según corresponda, en la medida que se cumplan con los requisitos que la ley establece:

ü  El padre y/o la madre deben haber tenido una renta anual superior a $6.513.372, lo que los hace contribuyentes del Impuesto Único de Segunda Categoría  o del Impuesto Global Complementario.

ü  La suma anual de las rentas totales del padre y de la madre no debe exceder de la cantidad equivalente a 792 UF ($18.089.874). Si en conjunto exceden de dicha cantidad, ninguno de ellos tendrá derecho a la citada rebaja.

ü  Los hijos deben ser menores de 25 años al 31 de diciembre de 2012.

ü  Los hijos deben estar matriculados en una institución de enseñanza pre escolar, básica, diferencial y/o media, reconocida por el Estado, y tener  un mínimo de asistencia del 85% (o menor cuando exista algún impedimento justificado o en casos de fuerza mayor).

Los padres, de común acuerdo, podrán optar por designar a uno de ellos como el beneficiario del 100% de la rebaja. Para manifestarlo, deben realizar una declaración jurada simple en www.sii.cl,  menú de Renta o de Declaraciones Juradas, bajo el título de “Declaración Jurada Simple de cesión de crédito por Gastos de Educación, art.55 ter” antes de enviar su declaración de renta. Si no lo hacen, el monto de $40.200 se dividirá en partes iguales entre ambos padres.  El SII recomienda utilizar el Simulador del beneficio por gastos en educación, el que luego de ingresar sus datos, permitirá verificar si puede utilizar el beneficio.

Al momento de hacer su declaración anual de impuesto a la renta, se le solicitará hacer uso del Asistente para el Cálculo del Crédito por Gastos en Educación, donde el contribuyente deberá indicar si cumple con el requisito de que las rentas en conjunto (padre y madre) no superen las 792 UF. Una vez ingresado el dato, se presentará la propuesta de declaración que incluirá la rebaja de impuestos por gastos en educación.