Cambio en reglamento permitiría a las compañías de telecomunicaciones extender el resguardo de información 2 años.
Por Colegio de Periodistas de Chile
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“Las leyes nacionales de conservación de datos son invasivas y costosas, y atentan contra los derechos a la intimidad y la libre expresión (…) aumentando considerablemente el alcance de la vigilancia del Estado y, de este modo, el alcance de las violaciones de los derechos humanos”. (Frank La Rue, Relator Especial de Naciones Unidas para la Promoción y Protección del Derecho a la Libertad de Opinión y de Expresión).
Durante los últimos días se ha informado que el Gobierno aprobó modificaciones al Decreto 866 de 2017 del Ministerio del Interior, relativo a la interceptación de comunicaciones y almacenamiento de datos personales. Este cambio permitiría a las compañías de telecomunicaciones extender el resguardo de información por dos años, ampliando además el carácter de ésta al incluir el perfil del titular, las llamadas que realiza, los antecedentes de las personas con quienes se comunica, los sitios que visita en internet, así como el tráfico de datos y de voz de las comunicaciones. Además, abarcaría sistemas de mensajería como WhatsApp y la ubicación georreferenciada de los clientes.
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