Rancagua y el Consejo para la Transparencia: La ley se acata, pero no se cumple

10 Octubre 2013

La reciente difusión del fallo del Consejo para la Transparencia (CPLT) no solo puso nuevamente a la Corporación Municipal de Rancagua como una de las instituciones donde menos se respeta la ley 20.285 – aparece entre las cuatro peor evaluadas.

Edison Ortiz Go... >
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Además, revivió una vieja polémica que tuvimos con la actual administración la que, pese al fallo C-342-10 de agosto de 2011, y que el actual alcalde ejerció incluso la presidencia de las corporaciones municipales de Chile, aparece reiterativamente como uno de los municipios que no cumple la respectiva ley, pese a la resolución en comento y que ya en 2012 había aparecido entre los municipios que menos se apegaban al cumplimiento de la normativa.

Ello es deplorable no solo porque la casa edilicia de Rancagua, no se apegue a la ley vigente sino porque al no publicarse, por ejemplo, contratos y honorarios tanto de personas como instituciones existe la posibilidad – de hecho mi reclamo fue por ello y curiosamente  pese a la resolución C-342-10, no solo no actualizó la información, por el contrario el respectivo banner fue eliminado  de la web de la corporación – , tal cual como ocurrió con aquel que promovió la matrícula en los establecimientos municipales a fines de 2011 que pudo haberse adjudicado sin la licitación respectiva. De allí la importancia de su cumplimiento.

En su oportunidad, tanto el actual alcalde, como también el secretario general, polemizaron conmigo sobre el tema – incluso en este mismo medio -, basando su negativa a publicitar los contratos en resoluciones y fallos parciales de tribunales  del trabajo, sobre los cuales el CLPT ha sido reiterativo en señalar que no son aplicables a las corporaciones ya que, éstas en última instancia son instituciones que dependen presupuestariamente del fisco y que, también, si bien se crearon como corporaciones de derecho privado, tienen un fin público.

Uno podría darse por satisfecho con el informe difundido recientemente y que, nuevamente, dejó mal parado en términos de transparencia a la actual administración, tal cual como ocurrió con la resolución de Contraloría  que comprobó el uso de recursos públicos en el lanzamiento de campaña del actual alcalde y de su partido la UDI en julio del año pasado, pero no es así puesto que a pesar de la permanente conducta de la actual administración de acatar la ley 20.285, tal como lo ratificó el informe de agosto del CPLT, la no existencia de una normativa más rigurosa al respecto, y la costumbre de los gobiernos nacionales de generar agencias públicas – sea ministerios o servicios – sin presupuesto y sin personal adecuado – La Agencia de Calidad es el más reciente ejemplo – hacen que en la práctica la ley sea letra muerta o que, su cumplimiento dependa más del estado de ánimo de los alcaldes que de la normativa.

El caso de Rancagua incluso lo empleamos a modo de ejemplo de tal hecho con alumnos en un curso sobre Gobierno Electrónico y ellos mismos reiteraron que la ley está teniendo un problema concreto de aplicabilidad con servicios que, pese a tener un mandato constitucional,  no pueden velar porque las distintas ámbitos de la administración la cumplan cuando adolecen del personal suficiente para que se cumplan las resoluciones que ellos mismos evacuan.

Y ello es significativo porque en el caso de Rancagua, la actual administración, tiene otro problema serio con   el abuso que se ha hecho con la construcción o ampliación de obras en   espacios públicos situación que ya fue observada in extenso en un informe de Contraloría que, reiteró, el abuso en comento y que, seguramente, puede ser objeto de una nueva polémica y que demuestra ese viejo precepto colonial de que “la ley se acata, pero no se cumple”.