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Se inició pago de aguinaldo de fiestas patrias para pensionados

05 Septiembre 2008
Como ya es tradicional durante el mes de septiembre el Estado hace efectivo la entrega del Aguinaldo de Fiestas Patrias a los pensionados INP y que se incluye en la liquidación de pago de la pensión.
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Este año corresponde pagar por una sola vez un aguinaldo de $11.664 por pensionado el que -en algunos casos-, se incrementará por cada carga familiar que se tenga acreditada al 31 de agosto del año 2008.
La carga familiar tendrá un monto de $6.005. La información fue entregada por el director regional (s) del INP, Jaime Pino, quien hizo un llamado a los pensionados a resguardarse una vez cobrada su pensión, ya que todos los años en fechas como esta aumenta la posibilidad de engaño, hurto o asalto, principalmente a los adultos mayores.
Jaime Pino recalcó que además del pago de aguinaldo, muchas chilenas y chilenos vivirán un momento muy especial, pues, comenzarán a recibir los primeros beneficios de la Reforma Previsional, con la entrega de la Pensión Básica Solidaria. El aguinaldo de septiembre 2008 se comienza a pagar según el artículo 23 de la ley 20.233, publicada en el Diario Oficial del 6 de diciembre del año 2007.
El beneficio alcanza los 17 mil 183 millones de pesos, beneficiando a 1 millón 381 mil personas, incluidos quienes reciben la Pensión Básica Solidaria.
¿Quiénes tienen derecho al Aguinaldo?
• Los pensionados del INP, incluyendo a las ex Cajas de Previsión y ex S.S.S., los beneficiarios de las Leyes de Reparación, Exonerados e Indemnizaciones del Carbón, los beneficiarios de Pensión Básica Solidaria y los beneficiarios de Subsidio por Discapacidad Mental, que tengan alguna de estas calidades al 31 de agosto del año 2008.
• También, según lo señala el art. 23 de la citada ley, percibirán el aguinaldo, los pensionados de las Cajas de Previsión (Capredena y Dipreca), los pensionados de las Mutualidades de Empleadores de la Ley 16.744 de Accidentes del Trabajo y quienes estén percibiendo pensiones mínimas con Garantía Estatal del D.L. 3.500 de 1980.
• Cada persona tiene derecho a sólo un aguinaldo, aunque sea beneficiario de dos o más pensiones.
• Los pensionados de orfandad que además tengan la calidad de carga familiar, recibirán el aguinaldo sólo en su calidad de pensionado. • En caso que pueda solicitar el beneficio en su calidad de trabajador, sólo podrá recibir en tal calidad, la cantidad que exceda a la que le corresponda como pensionado.
Algunas recomendaciones
Por sus características físicas y psicológicas, los pensionados, las personas mayores, están más expuestas a asaltos, robos y fraudes, y tienen por lo tanto más probabilidades de ser lastimadas o, muchas veces, lisa y llanamente, estafadas. Incluso se han detectado casos de personas que simulando ser funcionarios del INP llegan hasta los domicilios de adultos mayores para intentar estafarlos, cobrándoles por trámites que en realidad son gratuitos en las sucursales de la institución. Por lo tanto se recomienda a los pensionados considerar lo siguiente:
• Todos los trámites en el INP son gratuitos. La institución no vende a sus pensionados ningún producto o servicio.
• El INP no realiza visitas a domicilio, salvo que los propios interesados las hayan solicitado directamente en las sucursales.
• Antes de firmar un documento o entregar sus datos personales, infórmese cuidadosamente. Si es necesario recurra a un familiar o a una persona de su confianza. No acepte presiones para firmar apresuradamente.
• Ante cualquier duda sobre trámites del INP, contáctese con nuestras sucursales en Rengo, San Vicente de Tagua Tagua, San Fernando, Santa Cruz, Pichilemu y Rancagua, o al teléfono gratuito 800 20 25 00. La institución cuenta con más de 60 puntos de atención en todo el país.
• Lo más importante es que usted sepa que personas inescrupulosas tratan de cometer estos fraudes, a fin de que pueda detectar intentos de estafa de este tipo.
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