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Nueva Ley de Tabaco en Chile: Atención fumadores, ¡háganse respetar!

04 Marzo 2013

Si se quiere realizar una verdadera y efectiva fiscalización de la Ley, ¡serán Carabineros y la PDI quienes deberán cursar las infracciones a quienes fumen!

Roberto Olivares >
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Ya he manifestado pública y reiteradamente mi absoluta disconformidad con el impedimento impuesto por el Gobierno y los legisladores, respecto a restringir el derecho que tenemos ciudadanos adultos tenemos a concertarnos para, en locales que estén destinados para ello y lo informen adecuadamente a su clientela, consumir sustancias lícitas.

No me convencen los argumentos dados por quienes afirman al prohibir el consumo de tabaco en bares, pub`s, discos cafés y otros lugares en donde se reúnen mayores de edad, y que estaban plenamente identificados, se estaría velando por los “derechos” de los trabajadores de esos recintos, que no fuman, dado está claro dichos trabajadores perfectamente podrían ejercer sus labores en locales para no fumadores. Así mismo, me parece incongruente la posición de los dueños de locales que hoy, sabiendo no tendrán mayor competencia, se declaran felices de tal prohibición, ¡cuando claramente si hubiese sido ese su interés, podrían haber optado desde un principio por destinarlos a no fumadores, o incluso, haciendo la debida inversión, a uso compartido! (incluso hoy hay locales en donde se prohíbe fumar, pero… ¡que venden cigarrillos!).

Pero mi punto es otro. Mi columna está destinada a informar a los fumadores, para hagan respetar sus derechos y no se dejen avasallar por fiscalizadores, ¡que no tienen facultades para fiscalizarlos!

En primer lugar, decirles a los fumadores que los fiscalizadores que considera la Ley antitabaco, inspectores municipales y de las seremìas de salud, en caso de sorprenderlos en falta (fumando en lugares prohibidos), ¡no tiene facultades para pedirles y menos retenerles su identificación!; trámite previo a cursarles una infracción. Tampoco esos “fiscalizadores”, en caso de Uds. encontrarse pernoctando en algún hotel, motel, cabaña o habitación de algún prostíbulo, tienen derecho a exigirles abran sus habitaciones, y menos aún a ingresar a ellas.  Y respecto de los dueños, administradores o dependientes de locales, ni tampoco inspectores municipales o de los servicios de salud, aun cuando Uds. estuvieran trasgrediendo la Ley, tampoco tienen derecho a expulsarlos de ellos, y para hacerlo, deberían llamar a la Fuerza Pública. Es decir en definitiva, si se quiere realizar una verdadera y efectiva fiscalización de la Ley, ¡serán Carabineros y la PDI quienes deberán cursar las infracciones a quienes fumen!

Pero la verdad es como la idea es evitar conflictos, una recomendación para aquellos que cuando disfrutan de un buen mosto, lo acompañan de un cigarrillo. ¡Beban en clandestinos! Rancagua está llena de ellos, y con seguridad, ¡jamás aparecerá nadie de los servicios de salud a controlarlos, dado resulta mediáticamente poco rentable!

Ahora, si se trata de jóvenes que quieran “carretear”, resulta bastante menos oneroso fumen en una plaza pública disfrutando de un par de “chelas”, dado cuando más por ello y de ser controlados, las policías les harán un control de identidad, mientras si son sorprendidos fumando en un pub o disco, aun cuando no estén bebiendo podrían tener que cancelar… ¡$80.000!

Bueno, la idea es que los fumadores sepan no por serlo, han perdido todos sus derechos o pueden ser tratados como parias.

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