Sobre gustos no hay nada escrito, así que ahí viva la diversidad y la legitimidad de las preferencias de cada cual. Sólo un comentario, la Suprema rechazó el recurso de los 3 jóvenes "nuevos" no por el motivo que señala Carlos Muñoz, sino porque el derecho a usar en exclusiva el nombre Inti-Illimani que ellos reclamaban justamente es lo que está en discusión, por lo tanto mal podría protegerse un derecho que es objeto de debate actualmente. Aquí queda clarito: " 6°) Que, cabe reflexionar, a la luz de lo recién expuesto, que esta acción de cautela de derechos constitucionales constituye un arbitrio destinado a dar protección respecto de garantías que se encuentren indubitadas y no discutidas, lo que no ocurre en la especie, puesto que la vigencia del contrato por el que se arrendó el uso de la marca tantas veces mencionada, es materia de discusión en los autos arbitrales seguidos ante el juez arbitro don Roberto Garretón Merino". En fin, enredos legales que son muy lateros y sobre los cuales podrán seguir discutiendo los leguleyos, lo que es yo, que no sé nada de leyes, prefiero quedarme con la música y no con el resentimiento y triquiñuelas de los que en el fondo no quieren llegar a un acuerdo sino simplemente pasar la aplanadora por sobre el otro bando.
Sobre gustos no hay nada
Sobre gustos no hay nada escrito, así que ahí viva la diversidad y la legitimidad de las preferencias de cada cual. Sólo un comentario, la Suprema rechazó el recurso de los 3 jóvenes "nuevos" no por el motivo que señala Carlos Muñoz, sino porque el derecho a usar en exclusiva el nombre Inti-Illimani que ellos reclamaban justamente es lo que está en discusión, por lo tanto mal podría protegerse un derecho que es objeto de debate actualmente. Aquí queda clarito: " 6°) Que, cabe reflexionar, a la luz de lo recién expuesto, que esta acción de cautela de derechos constitucionales constituye un arbitrio destinado a dar protección respecto de garantías que se encuentren indubitadas y no discutidas, lo que no ocurre en la especie, puesto que la vigencia del contrato por el que se arrendó el uso de la marca tantas veces mencionada, es materia de discusión en los autos arbitrales seguidos ante el juez arbitro don Roberto Garretón Merino". En fin, enredos legales que son muy lateros y sobre los cuales podrán seguir discutiendo los leguleyos, lo que es yo, que no sé nada de leyes, prefiero quedarme con la música y no con el resentimiento y triquiñuelas de los que en el fondo no quieren llegar a un acuerdo sino simplemente pasar la aplanadora por sobre el otro bando.