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AVC, Libertad y familia I

14 Junio 2011

Polémicas ha generado el proyecto de “Acuerdo de Vida en común” sólo al interior de la Alianza, sino que ha provocado un debate en la sociedad toda.

Pablo Sánchez M... >
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“Si la Libertad significa algo, es el derecho de decirles a los demás lo que no quieren oír” George Orwell, “Rebelión en la granja”.

Polémicas ha generado el proyecto de “Acuerdo de Vida en común” sólo al interior de la Alianza, sino que ha provocado un debate en la sociedad toda. Y aunque se ha quedado “relegado” por las movilizaciones estudiantiles, no se puede dejar de debatir esta iniciativa tan importante.

A nivel local, no se ha estado ajeno del debate, lo que se ha reflejado en la entrevista de Sergio a Luís Larraín (6 de Junio), y la columna de Jorge Acuña (7 de junio). Ambas publicadas por este medio.

Ambos, esbozan duras e injustas críticas a la UDI, ya que algunos Parlamentarios han dado a conocer su desacuerdo con este proyecto.

En columnas sucesivas, pretendo exponer 2 contradicciones en las que, no sólo Jorge y Sergio caen, sino que muchos en general al momento de debatir sobre este proyecto, y temas relacionados con la orientación sexual. Luego, analizaré el debate desde una perspectiva liberal, viendo si la orientación sexual es efectivamente una “decisión personal”-lo que estaría dentro del ámbito de la libertad individual-, si se justifica una regulación legal (no modificación), sus verdaderos fundamentos y finalmente, qué implicancias tendría (si las tiene) para la institución de la familia.

Dos son las contradicciones en que comúnmente se cae, para justificar la unión de parejas del mismo sexo. Son las siguientes:

El argumento de la Igualdad

En efecto, Jorge cita el Art. 1º y 19º Nº 2 de la Constitución de la República para fundamentar su planeamiento.

Lejos de considerar que, citar una norma jurídica en un debate político constituye una falacia “normativista” o “por autoridad de la ley” (porque la ley siempre se puede modificar), la igualdad garantizada en la Constitución es una igualdad jurídica, y no de resultados. ¿Qué implica esto? Que la Carta Política exige que, a las personas que están en una misma situación, se les dé igual trato jurídico, pero que, a personas en situaciones diversas, se les debe dar un trato jurídico distinto. En otras palabras, trato igual a los iguales, pero no puedo tratar de igual manera a personas en situaciones diversas. Esto se grafica en ejemplos muy concretos. En Chile, es más grave agredir físicamente a una mujer que a un hombre. Incluso si la ley 20.066 no existiese, es normal escuchar “a una mujer no se le pega” ¿Porqué? Por que hay una disparidad de fuerzas (en teoría). Los tributos (impuestos) son establecidos en consideración de la capacidad contributiva de las personas. La ley laboral tiende a dar mayor protección al trabajador (o eso se busca) frente al poder del empleador. Y así una serie de ejemplos que grafica un trato diverso a personas que están en situaciones diversas (o desiguales), con el fin de obtener un trato de igualdad. Esto es lo que denomina técnicamente como “principio de isonomía”.

Si relacionamos esta idea con el discurso sobre “la diversidad” (“los conservadores no aceptan la diversidad”) lo lógico sería que se dé un trato jurídico diverso a las uniones de personas del mismo sexo, y no que aspiren a una especie de “matrimonio”, porque sería un contradicción a la igualdad. No se puede tratar de la misma forma a lo que es diverso. Esto suena muy odioso, pero es más reprochable hacer creer que se está dando un trato de igualdad, cuando en realidad no es así. Eso, por supuesto, considerando que las personas homosexuales son efectivamente “diversas”. Yo no comparto esta idea, y considero que las personas gays no representan diversidad, sino que –en el sentido estricto- nacen “libres e iguales en dignidad y derechos”. Sí creo que están en una situación diversa contraria a la igualdad. Pero es distinto SER distinto, que ESTAR en situación distinta. Si se ES distinto, se debe dar una trato diverso. Si se ESTÁ en situación diversa, entonces cabe el AVC. En consecuencia, la debilidad del argumento de la igualdad, y la contradicción que se provoca relacionando la idea con la “diversidad”, no permiten sostener con fuerza la necesidad del AVC, elemento básico de una política pública.

 

La Intolerancia 

Este argumento en general es una falacia que se denomina “ad homimen”, por que consiste en un ataque personal a quienes difieren respecto de una idea. Pero además, es una contradicción exigir tolerancia por una situación “A” y no tolerar la opción “B”.

La sociedad (y así lo creo profundamente) debe aceptar y tolerar a las parejas del mismo sexo. Asimismo, las parejas homosexuales, deben aceptar y tolerar que existan personas que no compartan sus acciones ni pensamiento. Por ejemplo personas que sustenten su visión en creencias religiosas deben ser toleradas y aceptadas por personas homosexuales. Esto es básico es una sociedad de libertades. Voltaire, en una frase clásica dijo: “Detesto lo que dices, pero defendería hasta la muerte tu derecho a decirlo”.

Por ello, exijo respeto por las parejas del mismo sexo, y también exijo respeto por quienes no creen en ello, ni lo comparten. Ambas opciones muy válidas y legítimas.

¿Es eso “Homofobia”? Creo necesario establecer muy bien los criterios bajo los cuales se califica a una persona de “homo fóbico”. Si ser homofóbico implica simplemente no compartir las acciones o ideas homosexuales, entonces no hay mayor diferencia entre estos y un “heterofóbico”, y el homosexual no pasa de ser un homofóbico a la inversa. Las “fobias” en general, implican mucho más que el simple rechazo a una acción.

Por último, yo soy militante de la UDI, y estoy a favor del Acuerdo de Vida en común. Pero creo igualmente legítimo y válido, no estarlo, porque finalmente, la tolerancia y la sociedad libre consisten precisamente en eso, tal como dijo George Orwell: “Si la Libertad significa algo, es el derecho de decirles a los demás lo que no quieren oír”.

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