Esta ley no habla de las trabajadoras puertas afuera, ya que ustedes ya contaban con este beneficio desde mucho antes, ahora solo se modifico para las trabajadoras puertas adentro, porque ellas no contaban con el beneficio.
Las trabajadoras puertas afuera, se rigen por regla general indicada en el codigo del trabajo Art. 35, el cual señala que los dias domingo y los dias que la ley declare festivos seran de descanso.
Ademas les recuerdo que una vez cumplidos 10 años trabajando (ya sea con un empleador o varios, da lo mismo) tienen derecho a 1 dia adicional de vacaciones por cada 3 nuevos años cumplidos de trabajo.
Hagan valer sus derechos, cualquier duda haganla, yo feliz de asesorarlas.
Esta ley no habla de las
Esta ley no habla de las trabajadoras puertas afuera, ya que ustedes ya contaban con este beneficio desde mucho antes, ahora solo se modifico para las trabajadoras puertas adentro, porque ellas no contaban con el beneficio.
Las trabajadoras puertas afuera, se rigen por regla general indicada en el codigo del trabajo Art. 35, el cual señala que los dias domingo y los dias que la ley declare festivos seran de descanso.
Ademas les recuerdo que una vez cumplidos 10 años trabajando (ya sea con un empleador o varios, da lo mismo) tienen derecho a 1 dia adicional de vacaciones por cada 3 nuevos años cumplidos de trabajo.
Hagan valer sus derechos, cualquier duda haganla, yo feliz de asesorarlas.
Saludos
Claudia.