Perú se la juega por Convención

Perú se la juega por Convención

03 Noviembre 2005
Buscando legitimar su planteamiento, el Gobierno peruano se mueve para firmar la Conveción Marítima de la ONU.
Alfredo Rojas >
authenticated user Corresponsal
Así como Chile no ha cesado en su ofensiva diplomática internacional informando la postura de nuestro gobierno ante el planteamiento peruano, éste último país también se está moviendo con miras en camino a tratados organismos internacionales que legitimen su reclamo por la división fronteriza.
Ayer el canciller Óscar Maúrtua anunció el inicio de una intensa campaña de información para que Perú se adscriba a la Convención del Mar, el cual es un instrumento internacional de las Naciones Unidas para el Derecho del Mar. Según informó en una conferencia de prensa el canciller peruano, el adherirse a esta convención, les haría ganar soberanía y jurisdicción sobre el territorio en conflicto.
Si nos remitimos al artículo 15 de la convención y al que se refiere Maúrtua, dice lo siguiente:
"Cuando las costas de dos Estados sean adyacentes o se hallen situadas frente a frente, ninguno de dichos Estados tendrá derecho, salvo acuerdo en contrario, a extender su mar territorial mas allá de una línea media cuyos puntos sean equidistantes de los puntos más próximos de las líneas de base a partir de las cuales se mida la anchura del mar territorial de cada uno de esos Estados. No obstante, esta disposición no será aplicable cuando, por la existencia de derechos históricos o por otras circunstancias especiales, sea necesario delimitar el mar territorial de ambos Estados en otra forma".
Si bien, la tesis peruana encuentra un gran respaldo en este artículo, el punto que desmorona la validez de la “ley de línea de bases” que se votará hoy en el Congreso peruano, es aquel que dice que ello no será aplicable cuando por derechos históricos hubiera otra delimitación del mar territorial, como es el caso de Chile. En efecto, son dos tratados, el de 1952 y de 1954, además de otros dos acuerdos, que son instrumentos válidos reconocidos por las Naciones Unidas, que establecieron los límites del territorio marítimo, por lo que este artículo de la Convención Marítima, respeta los tratados previos entre ambos países.
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