Límites Marítimos entre Chile y Perú

02 Noviembre 2005
Crisis sobre límites marítimos afecta el proceso de integración regional.
Gloria Delucchi >
authenticated user Corresponsal
Perú ha iniciado una verdadera crisis en sus relaciones con Chile, mediante el envío al Congreso de un proyecto de ley que plantea una modificación unilateral de la frontera marítima con Chile.
Buscar las razones para esta actitud peruana son múltiples, desde las dificultades internas producto del escaso apoyo popular al actual gobierno del Presidente Toledo, hasta pretensiones de lograr por esta vía unilateral el obtener influencia en el mar territorial, afectando la soberanía de Chile y la hegemonía que posee en la relación Asia-Pacífico, como, asimismo, poner en grave riesgo los procesos de integración regional.
Chile ha hecho un notable esfuerzo en la consolidación de la política exterior vecinal, en especial con Perú y Bolivia. Hasta ahora los pasos que ha seguido Chile en esta crisis con Perú han sido los contactos diplomáticos con Perú, enviándose una protesta formal, la que ha sido desestimada por considerar Perú que es inaceptable la posición chilena, ya que Perú en cumplimiento a su soberanía puede dictar la legislación interna que estime conveniente, olvidando totalmente los principios fundamentales en las relaciones internacionales como es el respeto a los Tratados Internacionales y el cumplimiento a las obligaciones internacionales válidamente contraídas por los Estados, las que no pueden ser modificadas por decisiones unilaterales a través de la legislación interna.
Chile ha iniciado contactos por vía diplomática con diferentes países americanos, dando a conocer todos los fundamentos jurídicos respecto a los límites marítimos con Perú, destacándose especialmente los Tratados de 1.952 y 1.954, Dictamen de Asesoría Jurídica de la Cancillería Chilena de 1.960, la Demarcación de Comisión Mixta chilena-peruana e instalación de faros de 1.969, como asimismo una apreciable cantidad de documentos y actos específicos de Perú en los cuales reconoce que no existen situaciones pendientes con Chile relativas a los límites marítimos entre ambos.
Se considera también llevar el asunto a la OEA, ONU y todas las instancias que el Derecho Internacional otorga a nuestro país para solucionar una controversia sobre límites marítimos gatillada unilateralmente por Perú.
Esta situación pone de manifiesto una vez más, la necesidad imperiosa de restablecer las necesarias confianzas y espíritu de cooperación entre los países de América Latina que tanto necesitan la complementación para una efectiva y eficaz integración que permita el desarrollo y crecimiento al que aspiran y tienen derecho sus pueblos.

Comentarios

Imagen de danitza

los peruanos somos mucho

los peruanos somos mucho mas jente que los chilenos sabemos respetar la propiedad de las demas persomas y ellos no saben respetar de lo que son de otros ps

Imagen de Humberto

HISTÓRICO RESPETO DE CHILE

HISTÓRICO RESPETO DE CHILE A LOS TRATADOS.

Chile desconoció el Tratado de Ancón, que diez años después requería de un plebiscito para determinar la nacionalidad definitiva de Tacna y Arica. Desconoció la figura del arbitraje, al que se negó de mil maneras.

Cuando llegó 1893, año del plebiscito, Chile sostuvo que el espíritu del Tratado de Ancón era otro. Y se quedó con Tacna y Arica hasta 1929.

En 1882, el canciller Balmaceda dijo: ?Razones históricas, legendarias, geográficas e industriales, hacían necesario llevar la guerra a su último término. En el litoral del Pacífico de la América del Sur no hay sino dos centros de acción y progreso: Lima y Callao; Santiago y Valparaíso. Es necesario que uno de esos centros sucumba para que el otro se levante. Por nuestra parte necesitamos a Tarapacá como fuente de riquezas y a Arica como punto avanzado en la costa?(1).

Imagen de Corona Española

Dejad de tanto Chauvinismo

Dejad de tanto Chauvinismo "CHILE", limites, limites, no saben mas que llenar de problema de límites, integraos al Perú, dejad de hacer el ridículo como Hugo Chávez, siempre discutiendo de tratados por "La Razón o la Fuerza" no con el derecho, aprended de Europa de una buena vez, ya que en próximas décadas vienen momentos álgidos o te integras o te extingues, esto es el derecho natural, eso de "GANAMOS LA GUERRA" es de Paletos.

Europa no puede retrasar su marcha intentando mediar en los conflictos del sur, señora mía, hablad de América integrada no de un cuasi Imperio Inventado y eduquen mas a su pueblo en especial al "Mapuche".

Imagen de Alvaro

Bueno, tendremos que sacar a

Bueno, tendremos que sacar a estor peruanitos de nuestro pais, que bienen a quitarle el trabajo a los chilenos, nuestro escudo es claro, " por la razon o la fuerza", esta vez debera ser por la fuerza, si ya ganamos en la guerra del pacifico, esta vez no creo que sea la excepcion

Imagen de manuel

estas, no éstas dudas...

estas, no éstas dudas... Aprende a escribir.

Imagen de pedro

Opino que se debe cortar de

Opino que se debe cortar de una vez éstas dudas.

Si no acatan las leyes.......la fuerza se encargará de los Peruanitos.

Pedro

Imagen de marcelo pinto

los tratados son para

los tratados son para respetarlos y el tratado que hicimos on peru hay que respetarlo.Para que discuten tanto si ya les devolvimos Lima,que mas quieren los cholos

Imagen de Alberto Henriquez

El decreto supremo 781 de

El decreto supremo 781 de Agosto de 1947, emitido por el ministerio de RREE del Peru,...deja en claro la delimitacion maritima entre Chile y Peru.

.

Si los gobernantes peruanos de esa epoca cometieron ese error,...ya es demasiado tarde en remediarlo.

.

Chile se ajusta a derecho, al exponer todos los acuerdos firmados con el pais del Rimac

Imagen de zoidzilla

La BBC, después del

La BBC, después del escándalo Kelly, cuando un periodista de esa cadena manipuló las declaraciones del analista, con renuncias y disculpas incluidas, no puede ser considerda como paradigma de la objetividad.

No hay vacíos cuando la parte peruana omite el Convenio sobre Zona Especial FRONTERIZA Marítima (ratificado por el Perú en 1955, Chile sólo lo ratificó en 1967) en su art. 1º: "Establécese una Zona Especial a partir de las doce millas marinas de la costa, de diez millas marinas de ancho a CADA LADO DEL PARALELO QUE CONSTITUYE EL LÍMITE MARÍTIMO ENTRE LOS DOS PAÍSES".

http://www.bcn.cl/imag/tratados/tratado_mp855.pdf

A ello súmele las Actas de la Comisión de Demarcación Mixta de 1968 y 1969 que convenien la instalación de faros (Hito 1) en dirección a los paralelos fijados en los acuerdos de 1952 y 1954. Y por último, la Convención del Mar (no ratificada por el Perú) no afectaría a Chile, porque este tratado multilateral opta por el uso de una línea equidistante de las costas como límite "salvo que existan acuerdos entre las partes", entre ellos el Convenio anteriormente citado.

Y aún en el evento de lograr arrastrar a Chile a un arbitraje (muy difícil, por existir tratados que fijan los límites marítimos entre las partes), el ejercicio de soberanía ININTERRUMPIDA por parte de Chile (ver las noticias cuando la Armada captura un pesquero peruano al SUR del mentado paralelo) y el D.S. de 1947 en el que ordena la fijación del paralelo en todos los mapas oficiales del Perú (confesión del reclamante) obligarían al Perú a pagar las costas del juicio, como parte perdedora!!!!! siempre que antes, no declaren improcedente el reclamo.

Imagen de Jaime Peña

Para su información,

Para su información, señorMogollón, la señora Delucchi no es periodista. Es abogada.( O abogado). Yo creo, al revés la postura suya tiene ribetes de nacionalismo exacerbado.
En lo que sí concuerdo con usted es que sí en Chile podríamos elegir una opción que significa más de lo mismo. Respecto a Bolivia, que en teoría va ser gobernado por Evo Morales, pero que en la práctica va a existir una tremenda influencia "Chevere", para Chile también va a ser complicado. Mi apuesta, y por el conocimiento que tengo de Bolivia, creo que Evo Morales no va a llegar al final de su mandato.

Imagen de Juan Carlos Mogollón

Srta. Gloria Delucchi

Srta. Gloria Delucchi
Le invito a chequear las
páginas de la BBC de Londres.Nada más hermoso para un periodista que informar con objetividad. A veces nuestro nacionalismo, tan lógico y natural nos tira del corazón y jalamos para nuestro lado natural. En estos casos, con todo respeto les digo, que dificil es ubicarnos en la razón . Yo periodista peruano, usted periodista chilena.¿Quien tiene la razón..?

Mejor que lo dirima ,alguien fuera del entorno, un tribunal de jerarquia externa. Nuestras páginas y orientaciones que no sirvan para desunir pueblos. Hace poco leí un irreveremete comentario de un columnista chileno de El Mercurio, que refleja su opinión pero no la de Chile,felizmente. Aconseja al nuevo Presidente que elija Chile, estar militarmente preparados,crear aislamientos fronterizos con Perú y Bolivia, alianzas con Brasil y Argentina y consolidar la representacion de los intereses estadounidenses en el Pacífico.Diseñaba pues, una política externa.Fíjense ustedes, Evo Morales , el electo Presidente de Bolivia, viene logrando históricamente, lo que ningún Político boliviana había logrado, extraordinario apoyo..!!: ayuda e intenciones de tratados comerciales factibles con España y China, y amén que más de un país desea hacer negocios con Bolivia. Es falso que Toledo, pone en vigencia el litigio maritimo,cada vez que tiene problemas . Eso no tiene fundamento en nuestro país. Lo lamento por sus lectores. La integración pasaria por los paises de la región, si Chile fuera un país sin arrogancias. Habrá que preguntarle al Presidente Lagos, porque Chile no fue invitado a integrar el megaducto Argentina-Brasil-Bolivia-Venezuela-Paraguay para el MERCOSUR . Espero que Chile elija un Presidente(a), con sabiduria para guiar sus destinos y lo mismo suceda con Perú, y que Evo Morales, encuentre en sus vecinos la colaboración regional para su desarrollo.De otra menara, el destino de Chile , será históricamente más de lo mismo: Por la razón o por la fuerza.

Imagen de Anonymous

NUEVAMENTE, SE HACE UN LADO

NUEVAMENTE, SE HACE UN LADO LA BUENA FE, EN 1952 SE HABLO DE LAS 200 MILLAS POR QUE SE ASUMIA QUE ESTABA CLARO Y SE VIVIA CONFORME A LA DELIMITACION ACEPTADA, ESTO ES EL PARALELO Y POR ESTO SE LO NOMBRA PARA CASOS QUE PODRIAN DARSE PERO NO PARA LO YA ESTABLECIDO Y ACLARADO, SIN EMBARGO MUY ASTUTAMENTE SE LO MANEJO/A DE ESA MANERA PARA POSTERIORMENTE SACAR PROVECHO A "VACIOS" QUE SE SUPONIAN CLAROS. ESTAS SON LAS RELACIONES INTERNACIONALES, DE CORREGIRSE EL "ERROR" CUALQUIERA QUE SE DECIDA EN LA ESFERA INTERNACIONAL, VEREMOS QUE NUEVO SUBTERFUGIO SE OBSERVE EN EL FUTURO, PARA OBTENER INTERESES DE ENTONCES, POR ESO ES QUE SE DICE QUE LA FUERZA SIN DERECHO ES TIRANIA, Y EL DERECHO SIN FUERZA ES SUMISION, ESCLAVITUD O DESAPARICION. ESTA ES LA VERDAD, LO QUE SIGUE ES FALACIA Y DEMAGOGIA, QUE LINDA QUE ES LA DIPLOMACIA Y LA HERMANDAD LATINOAMERICANA.
Imagen de Willy González

Ya es tiempo de que Chile,

Ya es tiempo de que Chile, mi querido País, se haga respetar de una vez por todas...quien sabe, en unos años más, a estos señores congresistas peruanos y al propio presidente, se les ocurra correr el límite otro poquito más? ...total ya está pasando esta vez.

Imagen de Manuel

Usted,como la mayoría de

Usted,como la mayoría de Chilenos, estan equivocados por la habil propaganda de su Gobierno.
Perú esta en su derecho de lograr,finalmente, una delimitación maritima con su pais y esta actuando "inteligentemente" .Al final, espero mas temprano que tarde, un tribunal arbitral nos de la razón.
Tanto la declaración de Santiago de 1952 como la Declaración sobre Zona Marítima CONVENIO COMPLEMENTARIO A LA DECLARACIÓN DE SOBERANÍA SOBRE LA ZONA MARÍTIMA DE 200 MILLAS de 1954 fueron suscritas para que los 3 paises se apoyaran mutuamente en la defensa de la tesis Peruana de las 200 millas y solo mencionan el limite como el paralelo en el art 5º .-Para el caso de si una isla o grupo de islas pertenecientes a uno de los países declarantes estuviere a menos de 200 millas marinas de la zona marítima general que corresponde a otro de ellos la zona marítima de esta isla o grupo de islas quedará limitada por el paralelo del punto en que llega al mar la frontera terrestre de los Estados respectivos.
Estos tratados,repito, solo fueron para la mutua defensa en la protección de las 200 millas, que en dichos tiempos no eran reconocidas por otras potencias.Le anexo ambos documentos:

Declaración de Santiago ...Basados en esos antecedentes nacionales, los tres países (Chile, Ecuador y Perú) celebraron en 1952 la Primera Conferencia sobre Explotación y Conservación de las Riquezas Marítimas del Pacífico Sur, en la capital chilena, ocasión en la cual suscribieron la 'Declaración de Santiago sobre Zona Marítima', el 18 de agosto de 1952, mediante la cual proclamaron su soberanía y jurisdicción exclusivas sobre el mar que baña sus costas "hasta una distancia mínima de 200 millas marinas desde las referidas costas", incluidos el suelo y subsuelo que a ella corresponden, con el fin de impedir que una explotación irracional de los recursos naturales pusiera en peligro la existencia, integridad y conservación de esas riquezas en perjuicio de los pueblos que poseen en sus mares fuentes insustituibles de subsistencia y de recursos económicos que les son vitales. El 9 de agosto de 1979, Colombia adhirió a la Comisión Permanente del Pacífico Sur. Para lograr los fines señalados en la Declaración sobre Zona Marítima, los países acordaron establecer la Comisión Permanente del Pacífico Sur, persona jurídica de derecho internacional con plena capacidad para celebrar contratos, adquirir o enajenar bienes, ejercitar acciones judiciales y formular peticiones. La CPPS se creó en 1952, con el nombre de 'Comisión Permanente de la Conferencia sobre Explotación y Conservación de las Riquezas Marítimas del Pacífico Sur'. Al cabo de cuatro conferencias adquirió el nombre actual, al suscribirse el Estatuto de la Secretaría General, el 30 de mayo de 1967. Declaración de Santiago ('Declaración sobre Zona Marítima') 18 de agosto de 1952 1. Los Gobiernos tienen la obligación de asegurar a sus pueblos las necesarias condiciones de subsistencia y de procurarles los medios para su desarrollo económico. 2. En consecuencia, es su deber cuidar de la conservación y protección de sus recursos naturales y reglamentar el aprovechamiento de ellos, a fin de obtener las mejores ventajas para sus respectivos países. 3. Por lo tanto, es también su deber impedir que una explotación de dichos bienes, fuera del alcance de su jurisdicción, ponga en peligro la existencia, integridad y conservación de esas riquezas en perjuicio de los pueblos que, por su posición geográfica, poseen en sus mares fuentes insustituibles de subsistencia y de recursos económicos que les son vitales. 4. Por las consideraciones expuestas, los Gobiernos de Chile, Ecuador y Perú, decididos a conservar y asegurar para sus pueblos respectivos las riquezas naturales de las zonas del mar que baña sus costas, formulan la siguiente: DECLARACIÓN: 1. Los factores geológicos y biológicos que condicionan la existencia, conservación y desarrollo de la fauna y flora marítimas en las aguas que bañan las costas de los países declarantes, hacen que la antigua extensión del mar territorial y de la zona contigua sean insuficientes para la conservación, desarrollo y aprovechamiento de esas riquezas a que tienen derecho los países costeros. 2. Como consecuencia de estos hechos, los Gobiernos de Chile, Ecuador y Perú proclaman como norma de su política internacional marítima, la soberanía y jurisdicción exclusivas que a cada uno de ellos corresponde sobre el mar que baña las costas de sus respectivos países, hasta una distancia mínima de 200 millas marinas desde las referidas costas. 3. La jurisdicción y soberanía exclusivas sobre la zona marítima indicada, incluye también la soberanía y jurisdicción exclusivas sobre el suelo y subsuelo que a ella corresponde. 4. En el caso de territorio insular, la zona de 200 millas marinas se aplicará en todo el contorno de la isla o grupo de islas. 5. Si una isla o grupo de islas pertenecientes a uno de los países declarantes estuviere a menos de 200 millas marinas de la zona marítima general que corresponde a otro de ellos, la zona marítima de esta isla o grupo de islas quedará limitada por el paralelo del punto en que llega al mar la frontera terrestre de los Estados respectivos. 6. La presente Declaración no significa desconocimiento de las necesarias limitaciones al ejercicio de la soberanía y jurisdicción establecidas por el Derecho Internacional en favor del paso inocente e inofensivo, a través de la zona señalada para las naves de todas las naciones. 7. Los Gobiernos de Chile, Ecuador y Perú expresan su propósito de suscribir acuerdos o convenciones para la aplicación de los principios indicados en esta Declaración, en los cuales se establecerán normas generales destinadas a reglamentar y proteger la caza y la pesca dentro de la zona marítima que les corresponden y a regular y coordinar la explotación y aprovechamiento de cualquier otro género de productos o riquezas naturales existentes en dichas aguas y que sean de interés común. JULIO RUIZ BOURGEOIS, Delegado de Chile JORGE FERNÁNDEZ SALAZAR, Delegado del Ecuador ALBERTO ULLOA, Delegado del Perú RATIFICACIONES: CHILE: Decreto Supremo N° 432 de 23 de septiembre de 1954. (Diario Oficial de 22 de noviembre de 1954). ECUADOR: Decreto Ejecutivo N° 275 de 7 de febrero de 1955. (Registro Oficial N° 1029 de 24 de enero de 1956). PERÚ: Resolución Legislativa N° 12.305 de 6 de mayo de 1955, con el cúmplase por Decreto Supremo de 10 de mayo de 1955. (El Peruano de 12 de mayo de 1955). COLOMBIA: Depositó instrumento de adhesión el 16 de abril de 1980 en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador. Ley 7ª, Art. 4 del 4 de febrero de 1980. Registrado en la Secretaría de las Naciones Unidas el 12 de mayo de 1976. Certificado de Registro N° 21404 de 1º de mayo de 1979 - Convenio NN.UU. N° 14758.

Declaración sobre Zona Marítima CONVENIO COMPLEMENTARIO A LA DECLARACIÓN DE SOBERANÍA SOBRE LA ZONA MARÍTIMA DE 200 MILLAS Lima, 4 de diciembre de 1954CONSIDERANDO: Que Chile, Ecuador y Perú han proclamado su soberanía sobre el mar que baña las costas de sus respectivos países, hasta una distancia mínima de doscientas millas marinas desde las referidas costas, incluyéndose el suelo y subsuelo que a esa Zona Marítima corresponden; Que los Gobiernos de Chile, Ecuador y Perú, en la Primera Conferencia sobre Explotación y Conservación de las Riquezas Marítimas del Pacífico Sur, celebrada en Santiago de Chile en 1952, expresaron su propósito de suscribir acuerdos o Convenciones para la aplicación de los principios relativos a esa Soberanía, en especial en lo que respecta a reglamentación y protección de la caza y de la pesca dentro de la zona marítima que le corresponde; CONVIENEN: PRIMERO Chile, Ecuador y Perú procederán de común acuerdo en la defensa jurídica del principio de la soberanía sobre la Zona Marítima hasta una distancia mínima de 200 millas marinas, incluyéndose el suelo y subsuelo respectivos. Se entiende que la milla marina tiene una extensión de un minuto de arco sobre el Ecuador y que equivale a 1.852,8 metros.SEGUNDO Si alguna de las partes recibiere reclamaciones o protestas o bien se formularan en su contra demandas ante Tribunales de Derecho o Arbitrales, generales o especiales, los países pactantes se comprometen a consultarse acerca de las bases de la defensa y se obligan, asimismo, a prestarse la más amplia cooperación para una defensa común.TERCERO En el caso de violación por vías de hecho de la zona marítima indicada, el Estado afectado dará cuenta inmediata a los otros pactantes para acordar las medidas que convengan tomar en resguardo de la soberanía afectada.CUARTO Cada una de las partes se compromete a no celebrar convenios, arreglos o acuerdos que signifiquen menoscabo de la soberanía de la zona referida, sin perjuicio de sus derechos para concertar Convenios o celebrar Contratos que no sean contrarios a las normas comunes establecidas por los países pactantes.QUINTO Todo lo establecido en el presente Convenio se entenderá ser parte integrante, complementaria y que no deroga las resoluciones y acuerdos adoptados en la Conferencia sobre Explotación y Conservación de las Riquezas Marítimas del Pacífico Sur, celebrada en Santiago de Chile, en Agosto de 1952.ALFONSO BULNES CALVOPor la República de ChileJORGE SALVADOR LARAPor la República de EcuadorDAVID AGUILARPor la República de PerúRATIFICACIONES: ECUADOR: Decreto N° 2556, de 9 de noviembre de 1964 (Registro Oficial N° 376 de 18 de noviembre de 1964). PERÚ: Resolución Legislativa N°12.305 de 6 de mayo de 1955, con el cúmplase por Decreto Supremo de 10 de mayo de 1955 (El Peruano de 12 de mayo de 1955).

Como ustedes NO tiene la razon, se ven obligados a usar la fuerza, según su escudo.
El tiempo nos dará la razón sin tener que usar la fuerza.

Manuel