Se acerca marzo...

Las vitrinas de los centros comerciales ya se están llenando de uniformes escolares y empezemos a comprar. Pero ¡alto! No nos apresuremos tanto: primero informémonos acerca de los derechos y obligaciones que padres y apoderados deben tener presente.
Imagen de Ingrid Amaya
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29 de Enero, 2006 09:01
Lo que Padres y Apoderados deben saber:
UNIFORME ESCOLAR
El uso de uniforme escolar puede ser obligatorio si los establecimientos educacionales así lo acuerdan con el Centro de Padres y Apoderados y el Consejo de Profesores, previa consulta al Centro de Alumnos en los casos que corresponda.
Cuando el establecimiento desee entregar la fabricación y/o distribución a un sólo proveedor, éste debe ser elegido a través de un sistema abierto, transparente y competitivo, que garantice que sea escogida la propuesta que mejor asegure la relación precio y calidad. En esa decisión deben participar el Centro de Padres y Apoderados, el Consejo de Profesores y el Centro de Alumnos(as).
Al momento de matricular a sus hijos(as), los padres y madres deben informarse acerca de las normas sobre uniforme escolar que rigen en el establecimiento escolar al cual asisten sus hijos.
En situaciones excepcionales y por razones justificadas, los directores pueden permitir que por un tiempo determinado un alumno(a) no use todo o parte del uniforme escolar si sus padres así lo solicitan.
No se puede prohibir que un alumno ingrese al establecimiento por no cumplir con el uniforme escolar.
ÚTILES ESCOLARES
Los establecimientos educacionales no pueden obligar o inducir a los padres a comprar determinadas marcas o adquirir las listas en determinadas empresas o locales comerciales. Sólo por razones pedagógicas o de seguridad debidamente justificadas, los profesores o los establecimientos pueden sugerir ciertas marcas.
SEGURO ESCOLAR
El Seguro Escolar protege al estudiante que sufre una lesión o accidente, mientras desarrolla sus actividades estudiantiles o durante su práctica profesional, en el establecimiento o en el trayecto desde y hacia su hogar. Tienen derecho al seguro escolar todos los estudiantes que asistan a establecimientos educacionales reconocidos por el Estado.
Con el seguro escolar, los estudiantes reciben gratuitamente las prestaciones en el Sistema Nacional de Salud hasta que hayan completado su curación o mientras subsistan las secuelas del accidente; además, incluye el pago de una pensión de invalidez si como consecuencia del accidente el estudiante pierde a lo menos un 70% de su capacidad (actual o futura).
TRANSPORTE ESCOLAR
En pleno funcionamiento se encuentra el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares, cuyo propósito es mantener un catastro público y obligatorio de los antecedentes de quienes prestan este servicio en cada una de las regiones y de las características de los vehículos que emplean y además, está obligado a portarlo en el vehículo cuando preste el servicio.
ORIENTACIONES PARA LOS PADRES DE ALUMNOS QUE INGRESAN AL SISTEMA ESCOLAR O A UN NUEVO ESTABLECIMIENTO
PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES Y APODERADOS
La Reforma Educacional considera a la familia parte activa de la comunidad educativa y responsable de los resultados escolares de sus hijos(as). Por lo tanto, deben comprometerse a acompañarlos en toda la etapa escolar y estimularlos a aprender más y mejor.
El establecimiento debe preocuparse de difundir su Reglamento Interno y deberá entregarle a la familia del alumno una copia del reglamento; también es deber de los padres conocer y aceptar el reglamento interno del establecimiento.
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Fuente: MINEDUC
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