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Hoy comienza entrega de Bono por hijo nacido vivo, Toda la información acá
Hoy comienza entrega de Bono por hijo nacido vivo, Toda la información acá
01 Julio 2009
Este bono es uno de los cambios más importantes de la Reforma de Previsión Social desarrollada durante el Gobierno de la presidenta Bachelet. ¿Quiénes lo reciben?, ¿quiénes no? Entra a esta nota e infórmate sobre la entrega de este beneficio.
Editor El Rancahuaso >
authenticated userEs un aporte que entregará el Estado a todas las chilenas, sin importar su condición social, laboral o económica, sólo por el hecho de haber sido madres. Se concretará como un bono por cada hijo nacido vivo o adoptado, que se depositará en la cuenta de capitalización individual de la mujer a los 65 años de edad, aumentando sus fondos previsionales y su pensión final.
Este bono es un reconocimiento inédito en Chile al significativo aporte que hace la mujer a la sociedad desde su rol de madre.
Características del Bono
Es un beneficio que incrementará el monto de la pensión de la mujer a través del otorgamiento de un bono por cada hijo nacido vivo o adoptado. Se otorgará a todas las mujeres que cumplan con los requisitos y se pensionen a contar del 1° de julio de 2009 (Ya sea a través del Pilar Solidario de la Reforma Previsional, AFPs o por medio de una pensión de sobrevivencia).
Monto del beneficio
* Será el equivalente al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales, lo que al 1 de julio de 2009, será de 300 mil pesos aproximadamente.
Rentabilidad del beneficio
* Rentabilidad respecto de hijos nacidos vivos DESPUÉS del 1 de julio de 2009: A la bonificación se le aplicará una tasa de rentabilidad por cada mes completo, contado desde el nacimiento del hijo y hasta el mes en que la mujer cumpla los 65 años de edad.
* Rentabilidad respecto de hijos nacidos vivos ANTES del 1 de julio de 2009: La tasa de rentabilidad se aplicará desde el 1 de julio de 2009 y hasta el mes en que la mujer cumpla los 65 años de edad.
* La tasa de rentabilidad será en ambos casos equivalente a la rentabilidad nominal anual promedio de los Fondos tipo C, descontadas las comisiones de administración de las AFP.
Quiénes tienen derecho al bono por hijo nacido vivo
* Las mujeres afiliadas a una AFP.
* Las mujeres beneficiarias de la Pensión Básica Solidaria.
* Las mujeres que sin estar afiliada a un régimen previsional perciba una pensión de sobrevivencia o viudez.
Quiénes no tienen derecho al bono
* Las mujeres pensionadas con ANTERIORIDAD al 1 de julio de 2009.
* Las mujeres pensionadas por IPS (ex INP), CAPREDENA, DIPRECA.
Requisitos para acceder al bono
* Tener o haber tenido un hijo nacido vivo o adoptado.
* Tener a lo menos 65 años de edad.
* Haber vivido al menos 20 años en Chile
* Que la mujer se pensione a contar del 1º de julio de 2009.
¿Cuándo se entrega el bono?
* El bono se entrega cuando la mujer cumple 65 años de edad. NO se entrega al nacimiento del hijo.
Procedimiento de postulación
* Las mujeres deberán presentar la solicitud en el Instituto de Previsión Social (IPS, actual INP) o en su municipio, a partir del 1 de julio de 2009, al cumplir los 65 años de edad.
¿Cómo se paga el bono a cada beneficiaria?
* Mujeres afiliadas a AFPs:
En este caso, la o las bonificaciones se depositarán en su cuenta de capitalización individual.
* Mujeres beneficiarias de PBS de Vejez:
En este caso, el Instituto de Previsión Social (IPS, actual INP) les calculará una pensión autofinanciada de referencia, considerando como su saldo la o las bonificaciones que por hijo nacido vivo les correspondan. El resultado de este cálculo incrementará su PBS de Vejez.
* Mujeres con pensión de sobrevivencia no afiliadas a AFP o INP.
Se les calculará una pensión autofinanciada de referencia, considerando como su saldo las o las bonificaciones que por hijo nacido vivo les correspondan. En este caso, el monto resultante se sumará al aporte previsional solidario que le corresponda.
Si quieres sabes más acerca del bono y aclarar tus dudas. Pincha Aquí.
Este bono es un reconocimiento inédito en Chile al significativo aporte que hace la mujer a la sociedad desde su rol de madre.
Características del Bono
Es un beneficio que incrementará el monto de la pensión de la mujer a través del otorgamiento de un bono por cada hijo nacido vivo o adoptado. Se otorgará a todas las mujeres que cumplan con los requisitos y se pensionen a contar del 1° de julio de 2009 (Ya sea a través del Pilar Solidario de la Reforma Previsional, AFPs o por medio de una pensión de sobrevivencia).
Monto del beneficio
* Será el equivalente al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales, lo que al 1 de julio de 2009, será de 300 mil pesos aproximadamente.
Rentabilidad del beneficio
* Rentabilidad respecto de hijos nacidos vivos DESPUÉS del 1 de julio de 2009: A la bonificación se le aplicará una tasa de rentabilidad por cada mes completo, contado desde el nacimiento del hijo y hasta el mes en que la mujer cumpla los 65 años de edad.
* Rentabilidad respecto de hijos nacidos vivos ANTES del 1 de julio de 2009: La tasa de rentabilidad se aplicará desde el 1 de julio de 2009 y hasta el mes en que la mujer cumpla los 65 años de edad.
* La tasa de rentabilidad será en ambos casos equivalente a la rentabilidad nominal anual promedio de los Fondos tipo C, descontadas las comisiones de administración de las AFP.
Quiénes tienen derecho al bono por hijo nacido vivo
* Las mujeres afiliadas a una AFP.
* Las mujeres beneficiarias de la Pensión Básica Solidaria.
* Las mujeres que sin estar afiliada a un régimen previsional perciba una pensión de sobrevivencia o viudez.
Quiénes no tienen derecho al bono
* Las mujeres pensionadas con ANTERIORIDAD al 1 de julio de 2009.
* Las mujeres pensionadas por IPS (ex INP), CAPREDENA, DIPRECA.
Requisitos para acceder al bono
* Tener o haber tenido un hijo nacido vivo o adoptado.
* Tener a lo menos 65 años de edad.
* Haber vivido al menos 20 años en Chile
* Que la mujer se pensione a contar del 1º de julio de 2009.
¿Cuándo se entrega el bono?
* El bono se entrega cuando la mujer cumple 65 años de edad. NO se entrega al nacimiento del hijo.
Procedimiento de postulación
* Las mujeres deberán presentar la solicitud en el Instituto de Previsión Social (IPS, actual INP) o en su municipio, a partir del 1 de julio de 2009, al cumplir los 65 años de edad.
¿Cómo se paga el bono a cada beneficiaria?
* Mujeres afiliadas a AFPs:
En este caso, la o las bonificaciones se depositarán en su cuenta de capitalización individual.
* Mujeres beneficiarias de PBS de Vejez:
En este caso, el Instituto de Previsión Social (IPS, actual INP) les calculará una pensión autofinanciada de referencia, considerando como su saldo la o las bonificaciones que por hijo nacido vivo les correspondan. El resultado de este cálculo incrementará su PBS de Vejez.
* Mujeres con pensión de sobrevivencia no afiliadas a AFP o INP.
Se les calculará una pensión autofinanciada de referencia, considerando como su saldo las o las bonificaciones que por hijo nacido vivo les correspondan. En este caso, el monto resultante se sumará al aporte previsional solidario que le corresponda.
Si quieres sabes más acerca del bono y aclarar tus dudas. Pincha Aquí.
Comentarios
UNA CONSULTA MUY BREVE;
UNA CONSULTA MUY BREVE; PORQUE LAS ESPOSAS
DE LOS PENSIONADOS DE CAPREDENA, QUIENES
TODA LA VIDA HAN SIDO DUEÑAS DE CASA, NUNCA
RECIBIERON PENSION ALGUNA,
AL IGUAL QUE OTRAS MADRES; CRIARON A SUS HIJOS, PARA QUE FUERAN A TRABAJAR,PARA LUEGO
ENTREGARAN SUS CONTRIBUCIONES A QUIENES NUNCA HAN HECHO NADA POR CHILE, NI SIQUIERA
TRABAJAR, PARA QUE LUEGO ESTIREN LA MANO
PARA RECIBIR DICHO BONO, ME DARIA VERGUENZA.
EXIJO UNA RESPUESTA !
Bonos por hijos, para
Bonos por hijos, para quienes les gusta el pipeño
y los buenos asados, y nunca le han trabajado
un peso a nadie, mientras los esten alimentando y
sacandole plata ala clase media entre ellos a los
pensionados de capredena, estos sinverguenzas
nunca van a trabajar, y van a andar"tomados",
"volando", y con sus buenos asados y despues
hablan mal de las fuerzas armadas, de quienes les
estan dando pa comer y tomar.
encuentro una terrible
encuentro una terrible injusticia que las madres que están o estuvieron casadas con un funcionario de las fuerzas armadas no tengan derecho al bono por hijo y mas encima les digan que podrian tener derecho siempre y cuando la pension no exceda el 50% del ingreso minimo alrededor de $82000 ¿ es que ellas no fueron madres tambien, o sus hijos los tuvieron dibujados ? tambien son chilenas y solo por eso tienen un derecho adquirido por dios que manera de discriminar , pero la gente de los derechos humanos algunos ni siquiera creo que estuvieron exiliados pero si ellos tienen dereecho a todos los beneficios habidos y por haber .esto si que está bueno